Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Septiembre de 2009, D. 739. XLIV

Fecha01 Septiembre 2009
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 739. XLIV.

RECURSO DE HECHO

De Lorenzi, R.C. s/ causa n° 11.600.

Buenos Aires, 1 de septiembre de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el defensor oficial de R.C. De Lorenzi en la causa De Lorenzi, R.C. s/ causa n° 11.600", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta queja ha sido interpuesta extemporáneamente (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima.

H. saber y archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI (en disidencia)- CARMEN M. ARGIBAY.

DISI

D. 739. XLIV.

RECURSO DE HECHO

De Lorenzi, R.C. s/ causa n° 11.600.

DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.R.Z. Considerando:

Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el art. 33, inc. a, ap. 5, de la ley 24.946, corresponde dar intervención al señor Procurador General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión, que como de naturaleza federal, se invoca en el recurso ante esta Corte.

N.. E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. M.L.C., Defensor Oficial de Casación de la provincia de Buenos Aires.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunal que intervino con anterioridad: la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR