Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Agosto de 2009, G. 480. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 480. XLIV.

RECURSO DE HECHO

G.M., J.F. y otro c/ Municipalidad de la Ciudad de Salta s/ ejecución de honorarios.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2009 Autos y Vistos; Considerando:

Que los principios contenidos en el art. 61 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, excluyen la posibilidad de retribuir las tareas cuando la actuación cumplida resulte inoficiosa, es decir carente de toda utilidad para lograr el efecto perseguido con su presentación (Fallos:

312:1816; 316:1671).

Que tal extremo se verifica en el sub examine, toda vez que no se dio cumplimiento a los recaudos previstos en los arts. 41 y 71 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, no ha lugar a la regulación de honorarios solicitada a fs. 55. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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