Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Agosto de 2009, J. 6. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 830. XLIV. y otros

RECURSOS DE HECHO

Painel, A.D. s/ causa n° 20.955/ 2007.

Buenos Aires, 11 de agosto de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de A.D.P. en la causa 'Painel, A.D. s/ causa n° 20.955/2007'; por el Defensor Oficial de J.M.A. en la causa A.1308.XLIV 'A., J.M. s/ causa n° 9218'; por el Defensor Oficial de A.F.B. en la causa B.177.XLV 'B., A.F. s/ causa n° 10.412'; por la Defensora Oficial de P.M.C. en la causa C.174.XLV 'Correa, P.M. s/ causa n° 9107'; por el Defensor Oficial de A.A.C. en la causa C.195.XLV 'C., A.A. s/ causa n° 8153'; por la Defensora Oficial de J.A.R. en la causa C.1450.XLIV 'C., S.L. y otros s/ causa n° 9009'; por el Defensor Oficial de J.A.D.'Angiolo en la causa D.390.XLIV 'D'Angiolo, J.A. s/ causa n° 6013'; por el Defensor Oficial de J.R.J. en la causa J.6.XLV 'Jara, J.R. s/ robo simple en grado de tentativa Ccausa n° 81/07C'; por la Defensora Oficial de M.M.M.S. en la causa M.280.XLV 'M.S., M.M. s/ causa n° 9644'; por A.E.M. en la causa M.482.XLIII 'M., A.E. s/ recurso de queja'; por el Defensor Oficial de J.E.V. en la causa M.1227.XLIV 'M., A.L. y otros s/ ley 255'; por A.L.M., N.L.M. y American Data S.A. en la causa M.1228.XLIV 'M., A.L. y otros s/ causa n° 5127'; por el Defensor Oficial de J.L.M. en la causa M.1382.XLIV 'M., J.L. s/ causa n° 100.416' y por el Defensor Oficial de J.L.P. en la causa P.110.XLV 'P., J.L. s/ causa n° 9736'", para decidir

sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuyas denegaciones dieron origen a estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman los recursos de queja. Intímese a los recurrentes a que, dentro del quinto día, acompañen copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívense. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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