Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 2009, B. 1368. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 1368. XL.

R.O.

Bruno, H.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Buenos Aires, 28 de julio de 2009 Vistos los autos: ABruno, H.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios@.

Considerando:

11) Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había ordenado el recálculo del haber inicial de la prestación y su posterior movilidad, la demandada dedujo el recurso ordinario de apelación que fue concedido (art. 19, ley 24.463).

21) Que los agravios de la recurrente relacionados con la omisión de resolver la excepción de prescripción son el fruto de una reflexión tardía, ya que dicho planteo no fue sometido a consideración de la alzada, por lo que resulta improcedente volver sobre un debate que se encuentra clausurado.

31) Que carecen de fundamento las objeciones de la recurrente vinculadas con el método de cálculo del haber inicial detallado por el juez de primera instancia, ya que no demuestra un perjuicio concreto derivado de dicha decisión ni se advierte en qué consiste la diferencia entre lo ordenado por el magistrado y lo dispuesto en el texto del art. 49 de la ley 18.037, aspectos que llevan a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto.

41) Que los planteos del ente previsional en el sentido de que los coeficientes aplicados al primer haber eran correctos, no pueden prosperar habida cuenta de que las variables de ajuste utilizadas en la prestación fueron decla-

radas confiscatorias por la propia administración (conf. Resoluciones S.U.S. 4/91 y S.S.S. 28/92, modificada por resolución S.S.S. 37/92).

Por ello, el Tribunal resuelve:

Declarar parcialmente procedente el recurso ordinario y confirmar la sentencia apelada.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

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