Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Junio de 2009, F. 526. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 526. XLI.

R.O.

Ferreyra, I.I. c/ ANSeS s/ prestaciones varias.

Buenos Aires, 30 de junio de 2009 Vistos los autos:

AFerreyra, I.I. c/ ANSeS s/ prestaciones varias@.

Considerando:

11) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el de primera instancia que había reconocido los servicios con aportes prestados por la actora para el empleador E.K. entre el 11 de enero de 1970 y el 31 de diciembre de 1973 y entre el 11 de enero de 1975 y el 31 de diciembre de 1979, la ANSeS dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido (art. 19 de la ley 24.463).

21) Que la demandada se agravia de lo resuelto por la cámara pues entiende que la prueba testifical resulta insuficiente para tener acreditados los aportes realizados y que no se ha ofrecido prueba documental que lo acredite, por lo que resulta de aplicación lo previsto por el art. 25 de la ley 18.037.

31) Que más allá de que la sanción prevista por dicha norma sólo hubiese podido aplicarse respecto de 2 de los 7 años de servicios con aportes reconocidos en la causa -ya contaba con 24 años, 8 meses y 14 días de los 30 que se requerían-, las objeciones planteadas constituyen afirmaciones genéricas no relacionadas con las circunstancias de la causa, aparte de que no se hacen cargo de los argumentos expresados por el juez, ratificados por el a quo, en cuanto a que a las declaraciones testificales se sumaban la voluntad de la actora de intentar acreditar la efectiva prestación de las tareas, la antigüedad de éstas, la edad de la titular y el

reconocimiento de los servicios desempeñados ante el mismo empleador durante el año 1974.

Por ello, se declara desierto el recurso ordinario. N. y devuélvase. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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