Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Abril de 2009, L. 513. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 513. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Lima, G.A.A. c/ Samsonite Argentina S.A. s/ juicio ordinario.

Buenos Aires, 28 de abril de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Lima, G.A.A. c/ Samsonite Argentina S.A. s/ juicio ordinario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por G.A.A.L., actor en autos, representado por el Dr. R.A.M., en calidad de apoderado, con el patrocinio del Dr. R.R.R.F..

Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, y Juzgado de Primera Instancia de Dictrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario.

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