Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 2009, Z. 130. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Z. 130. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Z. y otros s/ asociación ilícita y falsificación - causa n° 8606/07.

Buenos Aires, 26 de marzo de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de G.M.A. en la causa Z. y otros s/ asociación ilícita y falsificación - causa n° 8606/07", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos en los artículos 5° y 7° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación directa.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por G.M.A., representado por la Dra.

J.P.S. (letrada defensora).

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Casación Penal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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