Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Marzo de 2009, B. 404. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 404. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Bello, H.C. c/ CEAMSE s/ ejecución de honorarios.

Buenos Aires, 10 de marzo de 2009.

Autos y Vistos:

Habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia. N. y archívese. R.L.L. -E.I. HIGH- TON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por H.C.B., actor en autos, con el patrocinio de la Dra. Lucía G..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial S.M., provincia de Buenos Aires, y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 10 del Departamento Judicial de San Martín, provincia de Buenos Aires.

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