Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Marzo de 2009, C. 1074. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1074. XLIV.

Complejo Penitenciario de Ezeiza s/ delito de acción pública.

Buenos Aires, 10 de marzo de 2009.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presente contienda de competencia se ha trabado entre dos jueces nacionales, por lo que C. acuerdo a lo reglado por el artículo 24, inciso 7°, del decreto-ley 1285/58, sustituido por la ley 21.708C debe ser dirimida por el tribunal de alzada correspondiente a aquél que haya prevenido, en el caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor P.F., remítase el presente incidente al indicado tribunal. Hágase saber a los magistrados intervinientes en la contienda. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NO- LASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFA- RONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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