Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Marzo de 2009, A. 1086. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1086. XLIV.

Alba Compañía Argentina de Seguros S.A.

(T.F. 18.303-A) c/ D.G.A.

Buenos Aires, 3 de marzo de 2009 Vistos los autos: "Alba Compañía Argentina de Seguros S.A. (T.F. 18.303-A) c/ D.G.A.".

Considerando:

Que el recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito previsto en el art. 2°, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, lo cual no es subsanable con posterioridad al plazo del art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas. N. y devuélvase. RICARDO LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por: el Fisco Nacional - Dirección General de Aduanas - A.F.I.P, representado por el Dr. D.S.C.G..

Traslado contestado por: Alba Compañía Argentina de Seguros S.A., representado por el Dr. A.J.V..

Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación.

5 temas prácticos
5 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR