Resolución 38.638/2014

Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2014



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución 38.638/2014Bs. As., 8/10/2014

VISTO que la entidad “TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA” se presenta en el Expediente Nº 61.943 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada entidad solicita autorización para la instalación de una sucursal en la Provincia de San Juan.

Que la entidad ha cumplido con los recaudos normativos en la materia.

Que el régimen legal de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, ley Nº 20.091, faculta abrir sucursales en el país a las aseguradoras autorizadas.

Que han tomado intervención las Gerencias de Autorizaciones y Registros, de Asuntos Jurídicos y de Técnica y Normativa y no han encontrado reparos al pedido.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades previstas en el Artículo 67 de la ley Nº 20.091.

Por ello,

El SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Autorizar a “TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA” con domicilio en la Provincia de Mendoza, a instalar una Sucursal en la Provincia de San Juan a los fines de contratar, por su intermedio, operaciones de seguros en los ramos en que se encuentra habilitada la Casa Matriz, con los Elementos Técnico Contractuales que en su oportunidad le fueron, o en el futuro, le fueran aprobados, ajustados, en cuanto corresponda, en lo concerniente al domicilio en que se emitieran y firmaran las pólizas, así como en lo referente a la denuncia de siniestro y Jurisdicción.

ARTICULO 2º

— Hacer saber a la peticionante que:

a.- Deberá inscribir la constitución y el mandato conferido en el Registro Público de...

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