Resolución 1644/2014

Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1644/2014Bs. As., 16/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.571.724/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.571.724/13 celebrado por la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE MOLIENDAS DE MINERALES Y MATERIALES AFINES (CAMMYMA) y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS (C.A.F.P.A.) por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 37/89, a partir del 1 de abril de 2013.

Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 30 de mayo de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la actividad principal del sector empleador y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en los considerandos tercero y cuarto...

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