Resolución 274/2014

Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014

Bs. As., 1/10/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

  1. - Sancionar a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA” (“EDESUR S.A.”) por el incumplimiento de sus obligaciones respecto del relevamiento y procesamiento de la información que permite evaluar la calidad del servicio técnico en el vigésimo octavo semestre de la Etapa 2 (1 de marzo de 2010 al 31 de agosto de 2010), de acuerdo a lo previsto en el punto 5.5.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, con una multa de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 19/100 ($ 4.205.869,19), de conformidad con lo expuesto en los Considerandos de esta Resolución.

  2. - La suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 69/100 ($ 4.203.236,69) correspondiente a la multa establecida en el Artículo 1 de la presente Resolución, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta de conformidad a la Resolución ENRE Nº 171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000, y acreditarla oportunamente a los “usuarios activos” en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución.

  3. - La suma restante de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 50/100 ($ 2.632,50) correspondiente a la multa establecida en el Artículo 1 de este acto deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros Nº 2.915/89 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución.

  4. - “EDESUR S.A.” deberá entregar al ENRE, copia firmada por representante o apoderado de la Distribuidora, de la documentación de respaldo de los depósitos a los que se refieren los Artículos 2 y 3, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de efectuados los mismos, bajo apercibimiento de ejecución.

  5. - Dar por aprobados —en la presente instancia y con los mecanismos de control realizados— los criterios de diseño e implementación de las bases de datos correspondientes al presente semestre de control.

  6. - Notifíquese a “EDESUR S.A.”, con copia del Informe Técnico de fojas 368 y siguientes, del CD-ROM adjunto al referido informe y hágase saber que: a) se le otorga vista, por única vez, de los Expedientes mencionados en el Visto de la presente Resolución, por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados desde la...

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