Resolución Nº 723/GCABA/MMGC/14

FirmantesIbarra
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Modernización
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2014

VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y 4013, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por

Resolución N° 2778/MHGC/10, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13,

instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14, el Acta de Negociación Colectiva N°

10/14, instrumentada por Resolución N° 1464-MHGC/14, el Decreto N° 660/11 y

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 11860924/DGPLC/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 31, los principios a los que debe

estar sujeta la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta permanente

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dichos principios, deben ser cumplidos y desarrollados mediante la aplicación de

normas y procedimientos surgidos de la negociación colectiva;

Que en tal sentido, se suscribió entre los representantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la

Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), el Convenio Colectivo de Trabajo, que en su

Capítulo VII desarrolla las pautas, principios y procedimientos generales, sobre los Artículos 1 a 4

cuales debe regirse la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta

permanente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en base a las normas antes citadas, se suscribió en el ámbito de la Comisión

Paritaria Central, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por

Resolución N° 20-MHGC/14, que da por aprobado el nuevo Régimen Escalafonario y

de Carrera Administrativa, instruyendo a la Comisión Permanente de Interpretación de

la Carrera Administrativa (COPICA), a realizar las tareas de análisis, relevamiento y

reglamentación necesarias para la instrumentación del mismo;

Que la antes mencionada Comisión acordó las pautas fundamentales que dan

sustento a la reglamentación del Título IV del Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 10/14, instrumentada por

Resolución N° 1464-MHGC/14;

Que según lo normado por el Artículo 2° del Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa, el Ministerio de Modernización es la Autoridad de Aplicación del mismo,

y como tal posee la competencia de dictar las normas aclaratorias, complementarias

y/o reglamentarias a que diera lugar su implementación, como asimismo instrumentar

...

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