Resolución Nº 723/GCABA/MMGC/14
Firmantes | Ibarra |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Modernización |
Fecha de la disposición | 26 de Septiembre de 2014 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 4013, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por
Resolución N° 2778/MHGC/10, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13,
instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14, el Acta de Negociación Colectiva N°
10/14, instrumentada por Resolución N° 1464-MHGC/14, el Decreto N° 660/11 y
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 11860924/DGPLC/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 31, los principios a los que debe
estar sujeta la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta permanente
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dichos principios, deben ser cumplidos y desarrollados mediante la aplicación de
normas y procedimientos surgidos de la negociación colectiva;
Que en tal sentido, se suscribió entre los representantes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), el Convenio Colectivo de Trabajo, que en su
cuales debe regirse la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta
permanente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en base a las normas antes citadas, se suscribió en el ámbito de la Comisión
Paritaria Central, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por
Resolución N° 20-MHGC/14, que da por aprobado el nuevo Régimen Escalafonario y
de Carrera Administrativa, instruyendo a la Comisión Permanente de Interpretación de
la Carrera Administrativa (COPICA), a realizar las tareas de análisis, relevamiento y
reglamentación necesarias para la instrumentación del mismo;
Que la antes mencionada Comisión acordó las pautas fundamentales que dan
sustento a la reglamentación del Título IV del Régimen Escalafonario y de Carrera
Administrativa mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 10/14, instrumentada por
Resolución N° 1464-MHGC/14;
Que según lo normado por el Artículo 2° del Régimen Escalafonario y de Carrera
Administrativa, el Ministerio de Modernización es la Autoridad de Aplicación del mismo,
y como tal posee la competencia de dictar las normas aclaratorias, complementarias
y/o reglamentarias a que diera lugar su implementación, como asimismo instrumentar
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