Resolución Nº 185/GCABA/ASINF/14

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014

VISTO:

La Ley N° 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley N° 4.809/13, el Decreto N°

2/GCABA/2.014, el Expediente Electrónico N° 12778314-MGEYA-ASINF-2.014, el

Expediente Electrónico N° 13175494- MGEYA-ASINF-2.014, el Expediente Electrónico

N° 12191317-MGEYA-ASINF-2.014 y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente Electrónico N° 12778314-MGEYA-ASINF-2.014 tramita la

compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 7626/SIGAF/2.014

cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar la rendición

correspondiente a la Caja Chica N° 4 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de

Sistemas de Información y el aumento de la partida 211, Programa 7, Actividad 2, para

adquisición de bidones de agua;

Que ello así mediante Expediente Electrónico N°13175494-MGEYA-ASINF tramita la

compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 8236/SIGAF/2.014

cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar la rendición de la Caja

Especial de Refacciones de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de la

Agencia de Sistemas de Información;

Que finalmente por Expediente Electrónico N°12191317-MGEYA-ASINF-2.014 tramita

la modificación presupuestaria detallada en el Requerimiento N°7409/SIGAF/2.014

cuya finalidad es contar con crédito suficiente en las diversas partidas

correspondientes al programa 94 para imputar los gastos generados en la Rendición

de la Caja Chica Común de la Dirección General Integración de Sistemas de esta

Agencia;

Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la

Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la

normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley N° 2.689);

Que por otro lado, la Ley N° 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera

y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2° párrafo que

"Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,

pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración

Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos

dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires";

Que por medio de la Ley N° 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del

...

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