Disposición Nº 312/GCABA/DGSPR/14

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2014

VISTO:

La Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), y N°

394-GCABA/2013 (B.O N° 4248), la Disposición N° 344-DGSPR/2012 y la Carpeta N°

34-DGSPR/2012 , y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 344-DGSPR/2012 de fecha 06/12/2012, la firma

COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LIMITADA , con domicilio real y

constituido en Av. Rivadavia N° 10.598, P.A.,Dpto 2, ambos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, fue habilitada por el término de dos años, para prestar servicios de

seguridad privada, conforme Artículo 3° sin autorización de uso de armas de fuego:

Punto 2, Inciso a) y c) ; en los términos de la Ley N° 1913 y reglamentación aprobada

por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013;

Que ante el vencimiento con fecha 10/07/2014 de la Póliza de Seguro de

responsabilidad civil requerida por el art 5 inc. k) de la Ley 1913 y su reglamentación

aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013, requerida a

través de cedula de notificación de fecha 04/07/2014 notificada fehacientemente en

fecha 15/07/2014 y el tiempo transcurrido sin que la interesada haya cumplimentado la

documentación requerida al efecto, se dispone la baja de la empresa del Registro de

Seguridad Privada y se procederá al archivo de las actuaciones;

Que resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad

Privada, en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 1913 y su reglamentación

aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 N°394-GCABA/2013;

Que atento lo expuesto, corresponde ordenar la baja de la firma en cuestión del

Registro de Seguridad Privada;

Que asimismo, atento lo establecido por los Artículos 10 Inciso e) y 20 Inciso m) de la

Ley N° 1913 y su respectiva reglamentación aprobada por los Decretos 446-

GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013, corresponde dar de baja los Libros de Personal y

de Novedades que oportunamente fueran rubricados por esta Dirección General.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE

Artículo 1° Dése de Baja del Registro de Seguridad Privada a la firma

COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LIMITADA dejándose constancia que

la misma deberá abstenerse de prestar servicios de...

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