Resolución Nº 1.058/2014

EmisorFondo Transformacion Dir. Ejecutiva
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2014

RESOLUCIÓN Nº 1.058/2014

Mendoza, 5 de septiembre de 2014

Asunto: Modificación Reglamento de Condiciones Particulares Línea de Crédito para Capital de Trabajo de la Línea de Crédito Destinada a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con Emprendimientos Industriales, Mineros, Agrícolas (Labores Culturales), Pecuarios y de Servicios localizadas en la Provincia de Mendoza.

Visto: El expediente Nº 144-F-2003, y;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Provincial Nº 3/2012 modificatorio del Decreto Nº 347/1994, reglamentario de la Ley Nº 6.071 establece en su artículo 2º como función de esta Dirección Ejecutiva la de dictado y/o modificación del Reglamento de Condiciones Generales y de los Reglamentos Particulares, conforme a los lineamientos que determine el Órgano Colegiado de esta Institución;

Que mediante el Acta Nº 17/2014, resultante de la celebración de la Sesión del Órgano Colegiado de esta Institución, dispuso modificar el Reglamento de Condiciones Particulares de la línea de crédito en cuestión, redefiniendo el alcance de la evaluación de riesgo crediticio, dejando sin efecto la presentación del Formulario de Flujo de Caja;

Que este acto se dicta en virtud de la asignación efectuada por el Decreto Provincial Nº 3/2012, modificatorio del Decreto Nº 347/94 (reglamentario de la Ley 6.071) y facultades delegadas por la Res. 27/98 de la Administradora Provincial del Fondo.

Por lo expuesto:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifíquese el Reglamento de Condiciones Particulares de la "Línea de Crédito para capital de trabajo para micro, pequeñas y medianas empresas con emprendimientos agrícolas, pecuarios, industriales, mineros y/o de servicios localizadas en la Provincia de Mendoza" en su Capítulo 6 - De la Forma de Presentación y Contenido de la Propuesta, Cláusula 10 - Documentación Integrante de la Propuesta, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"

  1. Documentación relacionada con el Postulante:

    I - Personas físicas:

    1- Solicitud de Crédito conforme al modelo del Anexo A.

    2- Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autoridad competente, cuando el domicilio real declarado se encuentre fuera de la provincia de Mendoza o en los Departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.

    3- Anexo B - Guía para la Presentación de la Información. En los casos en que sea posible, adjuntar copia de los presupuestos o facturas pro forma que avalen la solicitud de financiamiento.

    4- Constancia de Inscripción en el Registro Único de la Tierra (R.U.T.) vigente, en caso de corresponder.

    5- Anexo C - Instructivo para presentación de información contable, debidamente suscripto e integrado en los formularios insertos en el mismo. Cuando corresponda deberá adjuntarse la documentación en él solicitada.

    II - Personas jurídicas:

    1- Solicitud de Crédito conforme al modelo del Anexo A.

    2- Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autoridad competente de la persona jurídica y de los miembros de su órgano de administración, cuando el domicilio social /real declarado sea establecido fuera de la Provincia de Mendoza o en los Departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.

    3- Anexo B - Guía para la Presentación de la Información. En los casos en que sea posible, adjuntar copia de los presupuestos o facturas pro forma que avalen la solicitud de financiamiento.

    4- Constancia de Inscripción en el Registro Único de la Tierra (R.U.T.) vigente, en caso de corresponder.

    5- Anexo C - Instructivo para presentación de información contable, suscripto, acompañado por la documentación allí solicitada.

  2. Documentación particular adicional para postulantes con emprendimientos agrícolas:

    Cuando la asistencia crediticia esté destinada a los emprendimientos agrícolas en producción, se deberá presentar adicionalmente, lo siguiente:

    –Copia del RENSPA-RUT vigente, que acredite tal condición.

    –Certificado/s de Daños (Ley No 4.304/78 y sus modificatorias) emitido/s por la Dirección de Agricultura y Prevención de Contingencias Climáticas de la Provincia o en su defecto se podrá adjuntar copia del/las actas de constatación de daños emitidas por tal Dirección juntamente con las respectiva/s constancia/s de pedido de certificación de daños por accidentes climáticos confeccionadas por el postulante, cuando los emprendimientos para los que solicita el préstamo hayan sido afectados.

  3. Documentación particular adicional para postulantes que se presentan asociados, integrados o similares:

    Cuando la asistencia crediticia esté destinada a postulantes que formen parte de procesos asociativos, de integración de productores o similares, se deberá presentar adicionalmente, lo siguiente:

    –Documentación fidedigna por la que se acredite que el postulante forma parte de algún proceso asociativo, de integración de productores o similares.

    –Planilla donde se identifiquen erogaciones a financiar por productor indicando: ítem, cantidad, precio unitario y total. En los casos en que sea posible, adjuntar copia de los presupuestos o facturas pro forma que avalen la solicitud de financiamiento. Cuando corresponda, en caso de tratarse de procesos de integración realizados entre productores agrícolas, deberá presentarse por cada uno de ellos la documentación exigida en el punto b)"…

Artículo 2º

Modifíquese el Reglamento de Condiciones Particulares de la "Línea de Crédito para capital de trabajo para micro, pequeñas y medianas...

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