Resolución 1598/2014

Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1598/2014Bs. As., 15/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.620.596/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 38/39 del Expediente Nº 1.620.596/14 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical y las empresas DIAGNOSTICO PERSONALIZADO SOCIEDAD ANONIMA y RESONANCIA PERSONALIZADA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 58 y 59 de las mismas actuaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el precitado acuerdo las partes establecen nuevas condiciones salariales, para el personal de las empresas, a partir del mes de julio de 2014.

Que asimismo respecto de lo pactado en la cláusula segunda y en los incisos cuarto y sexto del acuerdo precitado, corresponde señalar que procede la homologación del mismo como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que corresponde hacer saber a las partes que la individualización de personal obrante a fojas 40/42, no se encuentra comprendida en la homologación que por el presente acto se ordena por ser ajenos al ámbito colectivo.

Que asimismo cabe señalar que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios solo serán válidos cuando se realicen con intervención de la autoridad judicial o administrativa competente, conforme artículo 15 de la Ley Nº 20.744.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde con la actividad de las empresas firmantes y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en los considerandos tercero y cuarto de la presente medida.

Que en atención al contenido pactado en el acuerdo de marras, cabe señalar que en este caso no resulta procedente fijar el promedio de remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº...

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