Resolución 85/2014

Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2014



Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

BIENES Y SERVICIOS

Resolución 85/2014

Resolución Nº 82/2014. Modificación.

Bs. As., 24/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0200575/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Resolución Conjunta Nº 671 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 267 del MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 11 de septiembre de 2014 y la Resolución Nº 82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta Nº 671 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 267 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, de fecha 11 de septiembre de 2014, se creó el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, con el objeto de estimular la demanda de bienes y de servicios mediante el otorgamiento de facilidades de financiamiento a plazo, dirigidas a los usuarios y consumidores, para la adquisición de bienes y servicios de diversos sectores de la economía seleccionados por la Autoridad de Aplicación, junto con la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA; estableciéndose que dicho programa regirá en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que mediante el Artículo 5° de la citada Resolución Conjunta se designó como Autoridad de Aplicación a esta SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS facultándosela para el dictado de las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para el establecimiento y ejecución del Programa “AHORA 12”, previa intervención de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que, en consecuencia, se aprobó el Reglamento General del referido programa de estímulo a través del dictado de la Resolución Nº 82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO.

Que la experiencia recogida desde la vigencia de dicha medida permite concluir que resulta conveniente introducir determinadas modificaciones al citado reglamento a fin de posibilitar una mayor adhesión al Programa y, de esa forma, garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Que ha tomado su debida intervención la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° de la Resolución Conjunta Nº 671/14 del MINISTERIO DE...

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