Disposición Nº 1047/GCABA/DGET /14

FirmantesVillalonga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2014

VISTO

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2013-6.853.513-MGEYA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Comercio Minorista: (603.335) de automotores, embarcaciones, aviones y

motos; (603.325) Comercio minorista de repuestos y accesorios para automotores;

Industria: (ClaNAE 502.99) (502.631) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.;

Mecánica integral; (ClaNAE 502.99) (502.613) Reparación de camiones acoplados,

semiacoplados, tractores, ómnibus, microómnibus, camionetas, y demás vehículos

análogos; (ClaNAE 502.99) (503.108) Rectificación de motores; (ClaNAE 502.60)

(503.114) Colocación y reparación de guardabarros y protectores exteriores; (ClaNAE

502.92) (599.994) Mantenimiento y reparación de frenos; (ClaNAE 502.91) (599.995)

Instalación y reparación de caños de escape; (ClaNAE 502.30) (503.423) Instalación y

reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas

de climatización automotor y grabado de cristales; (ClaNAE 502.50) (503.450)

Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; reparación y recarga de baterías;

(ClaNAE 502.22) (503.165) Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y

balanceo de ruedas", a desarrollarse en la Avenida Chiclana N° 3.335/41, Salcedo N°

3.370 y Sánchez de Loria N° 1.961, Planta Baja, Entrepiso y 1° Piso, de esta Ciudad,

con una superficie de 7.691,83 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2,

Sección: 32, Manzana: 046, Parcela: 011B/043, Distrito de Zonificación: C3 R2bI;

Que en el Informe N° IF-2014-10.450.160-DGET, de fecha 4 de Agosto de 2.014, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2014-5.642.885-DGET, de fecha 15 de Mayo de 2.014, el

Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad "(502.613) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p; Mecánica integral"

se encuentra catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la

Ley N° 1.540 y le...

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