Resolución 12/2014

Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2014



COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

Resolución 12/2014

Norma estableciendo un área de veda de primavera para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca.

Bs. As., 18/9/2014

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi), mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

Que sobre la base de las investigaciones conjuntas oportunamente realizadas dentro del marco del artículo 82 inciso b) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, se ha comprobado la presencia en la Zona Común de Pesca de concentraciones de ejemplares juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi) que es necesario preservar.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo y en la Resolución 2/93 de esta Comisión.

LA COMISION TECNICA MIXTA

DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Establecer un área de veda de primavera para la explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca, comprendido entre los siguientes puntos geográficos:

  1. 34°50’S - 52°57’W

  2. 35°12’S - 52°22’W

  3. 37°08’S - 54°23’W

  4. 36°36’S - 55°02’W

ARTICULO 2°

— Prohibir el uso de redes de arrastre de fondo en el área establecida en el Art. 1°.

ARTICULO 3°

— Fijar la vigencia de la presente Resolución desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de 2014, inclusive.

ARTICULO 4°

— Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

ARTICULO 5°

— Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTICULO 6°

— Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental de Uruguay. — Capitán de Navío (R) JULIO C. SUÁREZ, Presidente. — Embajador HERNÁN D. ORDUNA, Vicepresidente.

  1. 24/09/2014 Nº 70990/14 v. 24/09/2014

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