Resolución N° 263 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición31 de Julio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 159 CÓRDOBA, 19 de setiembre de 20148
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION ACTYON”, con asiento en la
Ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 263 “A”Córdoba, 31 de Julio de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109184/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE VILLA DE SOTO CBA”, con asiento en la
Localidad de Villa de Soto, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
Ordinaria con fecha 23 de Noviembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria,
celebrada con fecha 23 de Noviembre de 2013 por la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE VILLA DE SOTO CBA”, CUIT N° 33-
65757268-9, con asiento en la Localidad de Villa de Soto,
Provincia de Cór-doba, en la cual se resolvió la Reforma Gen-
eral del Estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la
Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto
Social, sancionada en Asamblea Extraordinaria, celebrada con
fecha 23 de noviembre de 2013, de la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VILLA DE
SOTO CBA”, CUIT N°33-65757268-9, con asiento en la
Localidad de Villa de Soto, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 122"A” del 25 de julio de 1992.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 268 “A”
Córdoba, 5 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-108226/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “BIBLIOTECA POPULAR Y
CENTRO CULTURAL TERESITA LUCCHINI”, con asiento en
la Ciudad de Arias, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “BIBLIOTECA POPULAR Y CENTRO CUL-
TURAL TERESITA LUCCHINI”, con asiento en la Ciudad de
Arias, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 269 “A”
Córdoba, 5 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-111191/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE VIVERISTAS Y
AFINES DE CORDOBA (AVC)- ASOCIACION CIVIL”, con
asiento en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION DE VIVERISTAS Y AFINES
DE CORDOBA (AVC)- ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la
Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 270 “A”
Córdoba, 5 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-107459/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE MI
PUEBLO”, con asiento en la Ciudad de Icho Cruz, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y
concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de
la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE MI PUEBLO”, con
asiento en la Ciudad de Icho Cruz, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR