Resolución 1434/2014

Fecha de la disposición27 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1434/2014Bs. As., 27/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.574.901/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.574.901/13 y a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.627.801/13 agregado como fojas 52 al Expediente Nº 1.574.901/13, lucen los acuerdos celebrados entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y la empresa SIEMENS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, los que han sido ratificados mediante acta que luce a fojas 61 del Expediente Nº 1.574.901/13, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante ambos acuerdos las precitadas partes pactan nuevas condiciones salariales para el personal del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75, Rama 8, comprendido en el Laudo Nº 33/75, conforme los términos y lineamientos allí descriptos.

Que en relación a las categorías previstas en el grupo III MENORES AYUDANTES OBREROS, APRENDICES Y EMPLEADOS, consignadas en las escalas de los acuerdos de marras, cabe hacer a las partes que resultan aplicables de pleno derecho las previsiones de la Ley Nº 26.390 que dispuso la elevación de la edad mínima de admisión en el empleo a 16 años.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar los acuerdos que motivan el presente acto.

Que el ámbito de aplicación de los acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando tercero de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual...

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