Resolución 1423/2014

Fecha de la disposición27 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1423/2014Bs. As., 27/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.580.339/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.615.787/14 agregado a fojas 86 del principal, y a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.615.789/14 agregado a fojas 87 del principal, obran los acuerdos celebrados entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS y las empresas MUNSER AVIACION SOCIEDAD ANONIMA y MUNSER SOCIEDAD ANONIMA respectivamente, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante los mentados acuerdos las empresas referidas convienen condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75, conforme a las estipulaciones allí establecidas.

Que debe dejarse indicado que lo pactado en el caso de marras lo será como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que les pudieren corresponder a los trabajadores involucrados.

Que asimismo, respecto al aporte a cargo de todos los trabajadores previsto en la cláusula sexta de los acuerdos referidos y sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima de dichos acuerdos, corresponde dejar expresamente establecido que, sin perjuicio de la homologación que por el presente se dispone, dicho aporte compensará hasta su concurrencia el valor que los trabajadores afiliados al sindicato deban abonar en concepto de cuota sindical.

Que el ámbito de aplicación de los textos convencionales se corresponde con la actividad que realizan las empresas firmantes y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales ratifican el contenido y firmas insertas en los acuerdos traídos a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con el alcance que se precisa en el considerando cuarto de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS y la empresa MUNSER AVIACION SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.615.787/14 agregado a fojas 86 del Expediente Nº 1.580.339/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Declárase homologado el acuerdo...

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