Resolución Nº 858/2014

Fecha de la disposición25 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 858/2014

Programa Intercosecha. Creación.

Bs. As., 25/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.600.227/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, la Ley de Empleo Nº 24.013 y sus modificatorias, la Ley de Régimen del Trabajo Agrario Nº 26.727, los Decretos Nº 300 del 21 de marzo de 2013 y Nº 301 del 21 de marzo de 2013, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 836 del 2 de septiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la actividad agraria y agroindustrial es la principal generadora de empleo en el ámbito rural.

Que por la estacionalidad propia de sus ciclos productivos, la actividad agraria y agroindustrial, especialmente en las economías regionales, demanda principalmente trabajadoras y trabajadores temporarios.

Que una gran parte de estos trabajadores y trabajadoras tienen dificultades para acceder a otro empleo durante los recesos estacionales.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.013, tiene a su cargo prever y ejecutar acciones destinadas a fomentar el empleo de las trabajadoras y los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral.

Que la reciente Ley Nº 26.727 establece un nuevo Régimen de Trabajo Agrario que amplía derechos a las trabajadoras y trabajadores agrarios, crea el Servicio Público de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria e incluye dentro de la cobertura de su Sistema de Prestaciones por Desempleo y Servicio de Sepelio a las trabajadoras y trabajadores temporarios y permanentes discontinuos durante el receso estacional.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 836/13, se estableció que el Servicio Público de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria funcionará como parte integrante de la Red de Servicios de Empleo, prevista por la Ley de Empleo Nº 24.013.

Que no se encuentran alcanzados por la cobertura del Sistema de Prestaciones por Desempleo y Servicio de Sepelio del Régimen de Trabajo Agrario aquellos trabajadores y trabajadoras temporarios de la actividad agraria y agroindustrial contratados bajo el régimen de la Ley Nº 20.744, ni los trabajadores comprendidos por el Régimen de Trabajo Agrario que no registren cotización devengada en el Sistema Unico de Seguridad Social durante un período mínimo de SEIS (6) meses.

Que este Ministerio, conjuntamente con gobiernos...

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