Resolución Nº 1227/2014

Fecha de publicación27 Agosto 2014
Fecha de disposición06 Agosto 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32955



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1227/2014Bs. As., 6/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.506.058/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 y a fojas 10/12 del Expediente Nº 1.506.058/12, obra el acuerdo y anexos celebrados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, ratificado a fojas 191 del mismo expediente por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo indicado se convienen nuevas condiciones salariales para el personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 993/08 “E”.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

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