Resolución Nº 257/GCABA/SSMEP/14

FirmantesSilvosa
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría Mantenimiento del Espacio Público
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2014

VISTO:

el Expediente Electrónico N° 2264518-MAYEPGC/2014 y;

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Ángel Roberto Bellinotto solicita un resarcimiento por los daños que el

impacto contra un bloque de piedra presumiblemente utilizado para "conformar los

cordones de las veredas" le habría provocado al vehículo marca Honda, modelo

Accord Ex, dominio SBE 218;

Que, la presentación efectuada en el orden 2, posteriormente ampliada en el orden 5

será considerada como simple petición en los términos del art. 14 de la Constitución

Nacional;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme los términos del Art. 10 inc. c) de la Ley 1218;

Que, el señor Guillermo Bellinotto solicita un resarcimiento por los daños que el

impacto contra un bloque de piedra presumiblemente utilizado para "conformar los

cordones de las veredas" le habría ocasionado al rodado de la referencia el 02/02/14

en la calle Peña a la altura del 2200;

Que, con posterioridad, se presenta el señor Ángel Roberto Bellinotto en su carácter

de titular de dominio del referido automotor, ratificando todo lo actuado y autorizado al

señor Guillermo Bellinotto para la continuación del presente trámite;

Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas acompaña la siguiente

documentación: una copia fiel del título de propiedad del mencionado vehículo,

acreditando de tal forma su calidad de propietario, seis fotografías y un ticket;

Que, la Gerencia Operativa Coordinación de Veredas del Ente de Mantenimiento

Urbano Integral practica el informe pertinente en el orden 12, adjuntando dos

fotografías en el orden 1 de documentos de trabajo;

Que, asimismo, la Gerencia Operativa de Permisos de Aperturas dependiente del

citado Ente efectúa el informe técnico correspondiente;

Que, mediante cédula se notificó al señor Guillermo Bellinotto para que en un plazo de

10 (diez) días ajustara su pretensión en los términos del art. 36 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por el Decreto

1510/GCBA/97-BPCBA 310-. No obstante ello, si bien el señor Ángel Roberto

Bellinotto - titular dominial - se presentó no aportó prueba eficiente alguna;

Que, con carácter preliminar, estimo conveniente recordar que el reconocimiento de la

responsabilidad estatal por su actividad tanto lícita como ilegítima, exige para su

procedencia el cumplimiento de ciertos...

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