Resolución Nº 1164/2014
Fecha de publicación | 14 Agosto 2014 |
Fecha de disposición | 25 Julio 2014 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 32947 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1164/2014Bs. As., 25/7/2014
VISTO el Expediente Nº 1.627.442/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.627.442/14 luce el acuerdo celebrado entre el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE por el sector sindical, y la ASOCIACION DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (A.E.D.B.A.) por la parte empleadora, conforme lo previsto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2.004).
Que a través del referido instrumento las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 60/89, conforme los detalles allí impuestos.
Que en relación al carácter asignado al pago único previsto en la cláusula tercera y respecto a lo pactado en la cláusula cuarta del acuerdo de marras, corresponde hacer saber a las partes que deberán estarse a lo dispuesto oportunamente en los considerandos cuarto y sexto de la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1122 de fecha 3 de septiembre de 2013.
Que en relación con el aporte a la Obra Social del Personal Gráfico, previsto en la cláusula quinta del citado texto convencional, debe tenerse presente que tal aporte se aplicará solamente respecto de los trabajadores afiliados a dicha Obra Social.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo, se corresponde con el alcance de representación del sector empresario signatario y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en los considerandos tercero y cuarto de la presente medida.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.627.442/14, celebrado entre el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE por el sector...
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