Resolución Nº 1380/GCABA/MAYEPGC/14

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2014

VISTO:

Los Decretos Nros. 152-GCBA/07, 948-GCBA/08, 127-GCBA/14, las Resoluciones

Nros. 1071- MAYEPGC/13, 938-MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico N° 6591977-

DGTALMH/13, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la firma

ECOHABITAT S.A.- EMEPA S.A. - U.T.E. (NÍTTIDA), mediante la cual solicita el

reconocimiento de mayores costos al mes de abril de 2013 del "Servicio Público de

Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - ZONA 4", en el marco de la

Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03;

Que, en este contexto, la citada contratista requiere se apruebe la Décimo Octava

(18°) Redeterminación Definitiva de Precios de los Servicios Básicos del Contrato

conforme lo establecido en el artículo N° 62 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares y la Décimo Quinta (15°) Redeterminación Definitiva de Precios de los

Nuevos Servicios según Acta Acuerdo de Readecuación del Servicio Público de

Higiene Urbana - Decreto N° 152-GCBA/07, alegando la distorsión ocurrida en la

estructura real de costos, correspondiente al período noviembre 2012 - abril 2013;

Que, es dable resaltar al efecto que, a través del Decreto N° 1390/04 se adjudicó la

zona 1 a la empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A., la zona 2 a la empresa

AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. - FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y

CONTRATAS S.A. (UTE), la zona 3 a la empresa TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y

F. - ASHIRA S.A. (UTE), la zona 4 a la empresa ECOHABITAT S.A. - EMEPA

S.A.(UTE), y la zona 6 a la empresa INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA

S.A.C.I. y F. - MARTIN Y MARTIN S.A. (UTE);

Que, mediante los Decretos Nros. 152/07, 153/07, 154/07, 155/07 y 189/07, se

aprobaron las readecuaciones del contrato de concesión del Servicio Público de

Higiene Urbana, que se gestara en razón de la Ley N° 1854 de Gestión de Residuos

Sólidos Urbanos, como así también la mayor disposición de residuos, los hábitos de

los ciudadanos que implican un manejo no responsable de los residuos, así como el

alto grado de incumplimiento de las normas previstas para una correcta higiene de la

Ciudad, entre otras cuestiones;

Que, en relación a la vigencia del contrato, a través del Decreto N° 77/05, la fecha de

inicio de las prestaciones establecidas en la Licitación Pública Nacional e Internacional

N° 6/03 se estableció a partir del día 20 de febrero de 2005, habiendo sido el contrato

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