Resolución 1259/2014

Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2014



Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1259/2014

Restablécense ofrecimientos de recompensas.

Bs. As., 4/8/2014

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6º de la Ley Nº 26.375 permite prorrogar el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.

Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de Eduardo Salvador ULLUA; Carlos Gabriel Jesús ISACH; Antonio TUTTOLOMUNDO; César Heriberto PERALTA; Miguel Ángel GARCIA MORENO; Carlos Luis MALATTO; Eduardo Daniel VIC y Jorge Horacio PAEZ, resulta procedente incrementar el monto ofrecido en las mismas y prorrogar el ofrecimiento de recompensas por el plazo de DOCE (12) meses a partir del dictado del presente acto.

Que la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º

— Restablécese por el término de DOCE (12) meses a partir del dictado del presente acto, las recompensas oportunamente ofrecidas a través de la Resoluciones ex M. J. S. y D. H. Nros. 398 del 9...

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