Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Febrero de 2009, O. 370. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 370. XXXIX.

O.P., D.E. c/ Liberty ART S.A. s/ amparo indemniz. ley 24.557 en único pago.

Buenos Aires, 10 de febrero de 2009 Vistos los autos: "O.P., D.E. c/ Liberty ART S.A. s/ amparo indemniz. ley 24.557 en único pago" Considerando:

Que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la declaración de inconstitucionalidad del pago en renta establecido en el art. 15, apartado segundo, de la ley 24.557 de riesgos del trabajo. Contra esta decisión la demandada interpuso el recurso extraordinario, que fue concedido en los términos del art. 14, inciso 1°, de la ley 48.

Que los agravios planteados por la recurrente resultan sustancialmente análogos a los debatidos y resueltos por este Tribunal en la causa A.2486.XL. "A., A.R. p/ sí y en representación de sus hijos menores N.A. y M.O.M.A. c/ Siembra A.F.J.P. y otro s/ acción de amparo" (sentencia del 24 de junio de 2008), a cuyas consideraciones y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada, con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). H. saber y, oportunamente, remítase. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por Liberty ART S.A., demandada en autos, representada por el Dr. M.J.M.P..

Traslado contestado por D.E.O.P., actor en autos, representado por el Dr. F.A.G., en calidad de apoderado.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala III.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 25.

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