Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Febrero de 2009, P. 752. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 752. XLIV.

Peugeot Citroën Argentina S.A.

(ex Sevel Argentina SA) c/ EN - DGA resol. 245 (expte.

413.105/99) s/ Administración Nacional de Aduanas.

Buenos Aires, 3 de febrero de 2009 Vistos los autos:

APeugeot Citroën Argentina S.A. (ex Sevel Argentina SA) c/ EN - DGA resol. 245 (expte. 413.105/99) s/ Administración Nacional de Aduanas@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado. Con costas. N. y devuélvase. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas, represen- tada por la Dra. G.A.C., en calidad de apoderada.

Contestó el recurso: Peugeot Citroën Argentina S.A., actora en autos, representada por el Dr. P.S., en calidad de apoderado.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.I..

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 8.

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