Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Diciembre de 2008, K. 114. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 114. XLIV.

RECURSO DE HECHO

K., A.M. y otro s/ causa n° 289/07.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que por no haber cumplido los recurrentes con la intimación de fs. 36, corresponde hacer lugar al apercibimiento allí dispuesto.

Por ello, el Tribunal resuelve tener por no presentada la queja. H. saber y archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Profesionales actuantes: D.. K.A.M. y J.M.K. (letrados en causa propia).

Tribunal de origen: Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.

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