Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Diciembre de 2008, Z. 150. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Z. 150. XLIII.

Z. 102. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Z., M.A. y otros c/ N. y Cavanna SA s/ art. 250 CPC incidente civil.

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que la solicitud de aclaratoria del nombre de la demandada formulada a fs. 345, resulta admisible y corresponde dejar constancia que el nombre correcto de la sociedad es N. y C.S.A.

Por ello, se admite el pedido de fs. 345. N. y cúmplase con la devolución del expediente sin más trámite.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Presentante: N. y Cavanna SA, representada por J.C.C., con el patrocinio del Dr. H.N.G..

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