Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Noviembre de 2008, S. 1313. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1313. XLI.

RECURSO DE HECHO

S., L.E. c/ Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores y otro.

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2008.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa S., L.E. c/ Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. R.L.L. - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por la actora L.E.S., representado por el Dr. M.S.T. y la Dra. S.L.T., en calidad de apoderados.

Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral y juzgado de Distrito I de Primera Instancia en lo Laboral de la Cuarta Nominación de Santa Fe.

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