Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Noviembre de 2008, T. 340. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 340. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Tom Distribuidora S.R.L. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito de K. y M..

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2008 Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por Tom Distribuidora S.R.L. en la causa Tom Distribuidora S.R.L. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito de K. y M.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Se declaran perdidos los depósitos efectuados. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por Tom Distribuidora S.R.L., representada por el Dr. H.D.D., con el patrocinio letrado de la Dra. P.V.M..

Tribunal de origen: Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 8.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR