Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Noviembre de 2008, S. 939. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 939. XLIV.

    RECURSO DE HECHO

    S.A. V. y B.A. s/ quiebra s/ incidente de pronto pago (por Los Helechos S.A.).

    Buenos Aires, 18 de noviembre de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Economía y Producción en la causa S.A. Viñedos y Bodegas Arizu s/ quiebra s/ incidente de pronto pago (por Los Helechos S.A.)@, para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos previstos en los arts.

    4° y 7° inc. c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

    Por ello, se desestima la queja. Intímese al Estado Nacional CMinisterio de Economía y ProducciónC para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 2/2007. N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

    Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional CMinisterio de Economía y ProducciónC, representado por la Dra. M.A.J., con el patrocinio letrado de las Dras. M.A.P. y V.S..

  2. bunal de origen: Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

    Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 26.

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