Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Noviembre de 2008, E. 394. XL

Fecha04 Noviembre 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 394. XL. Y OTRO

RECURSOS DE HECHO

Espido, L.A. c/ Nación Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

Buenos Aires, 4 de noviembre de 2008.

Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por la demandada en las causas ›E., L.A. c/ Nación Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones= y L.301.XLI.

›L., A.R. c/ Máxima S.A. Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones=@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación originan las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal, se desestiman estas presentaciones directas y, por no corresponder, reinténgrese los depósitos. N. y, previa devolución de las actuaciones principales, archívense. R.L. LO- RENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR