Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Noviembre de 2008, C. 4664. XLI

Fecha04 Noviembre 2008
Número de registro656812
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 4664. XLI.

C., J.C. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Buenos Aires, 4 de noviembre de 2008.

Vistos los autos: ACodini, J.C. c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

11) Que a fs. 231 el Tribunal remitió las actuaciones al organismo previsional conforme el precedente AWittall@ (Fallos: 328:3097), a la vez que ordenó la devolución de los autos a los efectos de continuar con el trámite del recurso extraordinario de la demandada.

21) Que los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997 resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa D.1139.XLII AD=Este, Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes varios@, votos concurrentes, fallada con fecha 16 de septiembre pasado, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad.

31) Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto y se revoca la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente AD=Este@ mencionado.

N. y devuélvase. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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