Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Octubre de 2008, O. 283. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 283. XLIII.

RECURSO DE HECHO

O., J.M. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social.

Buenos Aires, 14 de octubre de 2008.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa O., J.M. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios del actor respecto de la movilidad de su jubilación docente encuentran adecuada respuesta del Tribunal en los precedentes AGarcía, A.E.@ y AGemelli, E.N., publicados en Fallos: 328:2824 y 2829, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se revocan las sentencias apeladas con el alcance que surge de las causas citadas. N., agréguese la queja a los autos principales y, oportunamente, devuélvanse. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NO- LASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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