Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Septiembre de 2008, G. 370. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 370. XLIV.

    RECURSO DE HECHO

    G., S.A. y otro s/ p.ss.aa. homicidio calificado Ccausa N1 82.340C.

    Buenos Aires, 30 de septiembre de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de S.A.G. en la causa G., S.A. y otro s/ p.ss.aa. homicidio calificado Ccausa N1 82.340C", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

    Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que prescribe el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

  2. saber y archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NO- LASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto)- JUAN CAR- LOS MAQUEDA (según su voto)- E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

    ARGIBAY (según su voto).

    VO

  3. 370. XLIV.

    RECURSO DE HECHO

    G., S.A. y otro s/ p.ss.aa. homicidio calificado Ccausa N1 82.340C.

    TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI, D.J.C.M.Y.D.C.M.A.A. y Vistos:

    Atento a que el apelante no cumplió con los recaudos previstos por los arts. 4° y 7°, inc. c, de la acordada 4/2007, corresponde declarar inadmisible la presentación directa.

    Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que prescribe el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

  4. saber y archívese. E.S.P. -J.C.M. -C.M.A..

    Recurso de hecho interpuesto por S.A.G., representado por el Dr. E.A.G.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Córdoba Tribunales intervinientes: Cámara 121 en lo Criminal de la Provincia de Córdoba.

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