Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Agosto de 2008, G. 1107. XLIII

Fecha20 Agosto 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1107. XLIII.

RECURSO DE HECHO

G. de Elía, M.I. s/ quiebra.

Buenos Aires, 20 de agosto de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en la causa G. de Elía, M.I. s/ quiebra", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito obrante a fs. 66. N. y, oportunamente, archívese. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurrente: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. J.C.V.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8 del Departamento Judicial de Mar del Plata y Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del P.

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