Resolución Nº 438/2014

Fecha de disposición15 Julio 2014
Fecha de publicación30 Julio 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32936



ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 438/2014Bs. As., 15/7/2014

VISTO el Expediente Nº S01:327103/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la modificación del punto 3. del Prólogo de la Parte 1, del punto 2 del Apéndice D de la Parte 91 y de las Secciones 1.6, 1.7, 1.11, 1.21, 61.1, 61.3, 61.5, 61.7, 61.13, 61.29, 61.31, 61.34, 61.39, 61.43, 61.63, 61.65, 61.66, 61.83, 61.96, 61.115, 61.133, 61.167, 61.183, 61.185, 61.187, 61.193, 61.195, 61.197, 61.201, 64.1, 65.171, 65.241, 91.193, 121.708 y 121.708a, de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC).

Que la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL y la DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS han intervenido en las Partes que son de su competencia certificando que los contenidos obrantes en el proyecto de enmienda, se adecuan a los estándares técnicos requeridos actualmente por la normativa que regula la actividad aeronáutica y responden al objetivo de garantizar el desarrollo seguro y eficiente de los niveles pretendidos en materia de seguridad operacional.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que ello brindará la posibilidad de que los sectores interesados y la ciudadanía en general puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL

DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas establecido en el Anexo V al Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 respecto de los proyectos de enmienda que obran como Anexo a la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán dirigirse a la ADMINISTRACION NACIONAL...

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