Resolución N° 126 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014
CÓRDOBA, 28 de julio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 121 Primera Sección 3
MINISTERIO DE
COMUNICACN PÚBLICA y DESARROLLO ESTRATÉGICO
Resolución N° 62
Córdoba, 16 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0696-107503/2014, mediante el cual se insta la formalización de las modificaciones en las asignaciones de
Recursos Financieros de este Ministerio, practicadas en el mes de junio del año 2014.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 7 de autos luce incorporado el Documento de Autorización de Modificación de Crédito Presupuestario, que incluye las
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 126 “A”Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-110984/2014 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACIÓN AGAPE
MINISTERIO INTERNACIONAL”, con asiento en Villa Parque
Santa Ana, Departamento de Santa María, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones
Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos le-
gales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACIÓN AGAPE MINISTERIO
INTERNACIONAL”, con asiento Villa Parque Santa Ana,
Departamento de Santa María, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 127 “A”Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-112079/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACIÓN MASCARA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACIÓN MASCARA”, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 131 “A”Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-104293/2013, en el cual
constan actuaciones referidas a la Entidad “ASOCIACION
CIVIL DE TRANSPORTISTAS DE ALEJANDRO ROCA”, con
asiento en la Localidad de Alejandro Roca, Provincia de
Córdoba.-
Y CONSIDERANDO:
Que se presentan un grupo de asociados, de la Entidad con
asiento en la Localidad de Alejandro Roca, Provincia de
Córdoba, y solicitan se designe una Comisión Normalizadora,
denunciando una situación de acefalía e irregularidad
institucional.-
Que conforme lo manifiesta el Area Asociaciones Civiles y
Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería
Jurídica otorgada por Resolución N° 459"A” de fecha 23 de
noviembre de 2007.-
Que de nuestros registros surge que el cierre del ejercicio
económico se efectuá el 31 de Diciembre de cada año,
adeudándose asimismo los balances correspondientes desde
el año 31/12/2007 al 31/12/2013 a la fecha, se advierte que
desde el otorgamiento de la personería jurídica dicha Asociación
no ha efectuado acto social alguno. por lo tanto la Institución
se encuentra en la situación prevista en el Inc. j), Apartado 2)
del Art. 10 de la Ley Nº 8652.-
Que se estiman cumplidos los requisitos formales y legales
con relación a la solicitud de designación de Comisión
Normalizadora de la Entidad “ASOCIACION CIVIL DE
TRANSPORTISTAS DE ALEJANDRO ROCA”.-En
consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los
Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: DESIGNAR como Comisión Normalizadora
de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE
TRANSPORTISTAS DE ALEJANDRO ROCA”, con asiento
en la Localidad de Alejandro Roca, Provincia de Córdoba, a
los Señores: Manuel Alejandro BUJAN, D.N.I. N° 24.003.263,
Horacio Esteban RIBERT, D.N.I. N° 20.078.098 y Sergio
Hernán RAMIREZ, D.N.I. N° 13.732.962, como integrantes
de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo,
suscribiendo un acta ante el Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones de esta Dirección.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR su funcionamiento por el
término de sesenta (60) días hábiles, plazo en el cual deberá
convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios
vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la
amplia participación de la masa societaria y respetando las
normas estatutarias en vigencia.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la anotación de la medida en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 132 “A”Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-110093/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION EL JUNTADERO-
PROYECTO CULTURAL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION EL JUNTADERO-
PROYECTO CULTURAL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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