Resolución 353/2014

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2014



Ministerio de Economía

y Finanzas Públicas

FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO ARGENTINO

Resolución 353/2014

Establécense requisitos.

Bs. As., 4/7/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0101587/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 606 del 28 de abril de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que, como resultado de las políticas que el Gobierno Nacional viene ejecutando para promover el crecimiento económico y el desarrollo con inclusión social, se dictó el Decreto Nº 606, del 28 de abril de 2014, a través del cual se estableció el FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO ARGENTINO (FONDEAR) tendiente a facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que, en tal sentido, se creó por un plazo de TREINTA (30) años un FONDO FIDUCIARIO PUBLICO financiero y de administración que regirá en todo el territorio nacional.

Que el Artículo 4° del Decreto Nº 606/14 determinó que los bienes fideicomitidos que conformarán el patrimonio del citado FONDO FIDUCIARIO PUBLICO se destinarán a financiar proyectos en sectores estratégicos, proyectos de apoyo a producciones innovadoras y proyectos de economías regionales, con los alcances establecidos en el Artículo 6° del mencionado decreto.

Que el Artículo 11 del Decreto Nº 606/14 designó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como Autoridad de Aplicación, facultándolo para dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, modificatorias, complementarias y sanciones que resulten pertinentes, como así también para aprobar y suscribir el correspondiente Contrato de Fideicomiso.

Que la administración del Fideicomiso y la instrumentación de los financiamientos han sido encomendadas a NACION FIDEICOMISOS SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de Fiduciario, de conformidad con las instrucciones a impartir por la Autoridad de Aplicación en el marco del Contrato de Fideicomiso.

Que el Artículo 12 del Decreto Nº 606/14 autorizó a la Autoridad de Aplicación a delegar funciones en una dependencia de rango no menor a Subsecretaría.

Que el Artículo 13 del mencionado decreto creó un COMITE EJECUTIVO conformado por UN (1) representante titular y UN (1) representante suplente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS que ejercerá su presidencia, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE INDUSTRIA, del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el COMITE EJECUTIVO tiene, entre otras funciones, las de aprobar o rechazar las solicitudes de financiamiento y la imposición de sanciones en caso de incumplimiento, previo informe de la Autoridad de Aplicación o de quien ésta designe.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 11 del Decreto Nº 606/14.

Por ello,

EL MINISTRO

DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Establécense los requisitos que deberán cumplir los solicitantes de los beneficios previstos por el FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO ARGENTINO (FONDEAR):

  1. Ser persona física o jurídica constituida en la REPUBLICA ARGENTINA o que se halle habilitada para actuar dentro de su territorio de acuerdo a su régimen jurídico, o fideicomisos cuyos fiduciantes sean jurisdicciones y/o entidades de la Administración Nacional o de los Gobiernos...

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