Disposición Nº 274/2014

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición10 de Julio de 2014



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 274/2014

Asunto: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa de la Subdirección General Sistemas y Telecomunicaciones. S/Adecuación.

Bs. As., 10/7/2014

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10315-22-2014 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa del Departamento Informática Jurídica y Colaborativa y de la Dirección de Informática Tributaria, respectivamente, dependientes de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

Que en atención a estrictas razones funcionales y en orden a propender a un mejor cumplimiento de las funciones de desarrollo e implementación de los sistemas tributarios y jurídicos del Organismo, resulta necesario introducir adecuaciones en el ámbito de las unidades mencionadas.

Que dicha circunstancia, no sólo se traduce en la optimización de la capacidad operativa y de los procesos de gestión de las áreas involucradas, sino también que facilita la utilización más eficiente de los recursos disponibles.

Que la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones, la Dirección de Informática Tributaria y el Departamento Informática Jurídica y Colaborativa han prestado su conformidad.

Que el Departamento Evaluación y Diseño Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de División denominada “Desarrollo de Sistemas Jurídicos”, dependiente del Departamento Informática Jurídica y Colaborativa, existente en la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

ARTICULO 2°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Informática Jurídica y Colaborativa”, dependiente de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones, pase a denominarse “Informática Colaborativa”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 3°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Control de Calidad de Sistemas Jurídicos y Colaborativos”, dependiente del Departamento Informática Colaborativa, pase a denominarse “Control de Calidad de Sistemas Colaborativos”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 4°

— Determinar que las unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Desarrollo de Sistemas de Recaudación Tributaria” y “Desarrollo de Sistemas de Cuenta Corriente Tributaria”, respectivamente, dependientes del Departamento Desarrollo de Sistemas Tributarios, existente en la Dirección de Informática Tributaria de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones, pasen a denominarse “Análisis de Requerimientos” y “Diseño y Programación”, respectivamente, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 5°

— Determinar que las unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Control de Calidad de Sistemas de Recaudación Tributaria” y “Control de Calidad de Sistemas de Cuenta Corriente Tributaria”, respectivamente, dependientes del Departamento Control de Desarrollo y Operación de Sistemas Tributarios, existente en la Dirección de Informática Tributaria, pasen a denominarse “Control de Calidad” y “Control de Implementación”, respectivamente, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTICULO 6°

— Crear TRES (3) cargos de Jefe de Sección para el cupo de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

ARTICULO 7°

— Eliminar DOS (2) cargos de Jefe de Oficina para el cupo de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

ARTICULO 8°

— Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A11, A31 y B31 y, en su parte pertinente, los Anexos B11 y...

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