Resolución Nº 594/GCABA/MJGGC/14

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2014

VISTO:

La Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N° 103/14, la Disposición N° 24/DGOGPP/11,

el Expediente N° 4.309.482 -MGEYA-SSTRANS/2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y

proyectos, y sus superiores jerárquicos, deben redactar un informe final sobre su

gestión al dejar el cargo, prestando colaboración a quien legítimamente le sucede en

el mismo, siendo dicha tarea remunerada;

Que el Decreto N° 1.000/99, reglamentario de la Ley N° 70, en su artículo 14 dispone

que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al del cargo que

ocupaban;

Que, a su vez, por Disposición N° 24/DGOGPP/11, se aprobaron los estándares

establecidos para la presentación de los informes finales de gestión;

Que por Decreto N° 103/14 se aceptó a partir del 1 de marzo de 2014, la renuncia

presentada por el Sr. Pablo Julián Martínez Carignano, D.N.I. 22.822.933, CUIL 20-

22822933-5, como Director General, de la Dirección General de Seguridad Vial de la

Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el informe presentado por el mencionado funcionario se ajusta en un todo a los

requisitos de tiempo y de forma prescriptos por la normativa vigente en la materia;

Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la tarea

establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE

Artículo 1° Apruébase el informe final de gestión presentado por el Sr

Pablo Julián.

Martínez Carignano, D.N.I. 22.822.933, CUIL 20-22822933-5, como Director General,

de la Dirección General de Seguridad Vial de la Subsecretaría de Transporte

dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por la tarea establecida en el

artículo 25

de la Ley N° 70, y consecuentemente, abónese una retribución equivalente.

a la que percibía en virtud del cargo en el que se le aceptara su renuncia, por el

término de un (1) mes.

Artículo 2° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase

copia del Informe a la Sindicatura General de la Ciudad y a la Dirección General

Seguridad...

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