Disposición Nº 957/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición17 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 2.345.049/2014, por el que se consulta sobre las Obras de

Ampliación y modificación con demolición parcial, con destino "Vivienda unifamiliar",

para el inmueble sito en la calle Bahía Blanca N° 264, de acuerdo a lo graficado en

Planos de fs. 3 a 6, y

CONSIDERANDO:

Que la propuesta se encuentra emplazada en un Distrito APH 53 - Floresta (Parágrafo

5.4.12.53) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

6854084-DGIUR-2014, indica que de acuerdo a lo solicitado y la normativa vigente, se

informa que el Parágrafo 5.4.12.53, APH 53 - Floresta, establece:

"...4.2 Protección General 4.2.1 Normas para Obras en Baldíos o en Edificios no

Sujetos a Protección Especial. Los predios del área no comprendidos en el Listado de

Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por las siguientes normas

de tejido:

  1. Carácter: Zona destinada al uso residencial predominante con una densidad media

    y media-baja, conformada por viviendas individuales y colectivas.

  2. Delimitación: Según Plano de Zonificación.

  3. Tipología Edilicia: Sólo se permiten edificios entre medianeras.

  4. H Máxima: 9 m. por encima de la cota de la parcela determinada por la Dirección de

    Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de

    3 m. desde la L.O. y por debajo de un plano inclinado de 45° desde la altura de 9 m. y

    con un plano límite horizontal a 12 m. de la cota de la parcela.+ e. F.O.S.: Se podrá

    ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.O. y la L.F.I., salvo las

    limitaciones de F.O.S. establecidas en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 para los Distritos

    R2b. Por debajo de la cota de la parcela se podrá ocupar la totalidad de la superficie

    de la misma. f. Espacio urbano: se considera a partir de la cota -3,50m";

    Que efectuado el análisis de la documentación presentada: "Plano de modificación" a

    fs. 1; "Consulta de Registro Catastral" a fs. 21 a 25; "Relevamiento fotográfico" a fs. 13

    a 17; "Memoria técnica descriptiva" a fs. 12 y "Plano de modificación y ampliación con

    ...

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