Resolución Nº 33/GCABA/SSFIN/14

FirmantesEglez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA de Finanzas
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014

VISTO:

la Ley N° 2.095 su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/14 y el EE N°

2.419.541/MGEYA-DGAR/2.012, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la Contratación de un Seguro de Responsabilidad

Civil para amparar los Establecimientos Educativos y un Seguro de Accidentes

Personales para amparar el alumnado en la órbita del Ministerio de Educación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por

Disposición N° 396/DGCYC/14 por el Director General de Compras y Contrataciones

en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo

18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 su modificatoria N° 4.764 y el Decreto N° 95/14;

Que el Señor Ministro de Hacienda por Resolución N° 424-MHGC-13 estableció que a

partir del 1° de agosto de 2.013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley

N° 2095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema

Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que por Resolución N° 607-MHGC-13 modificó el artículo 3° de la Resolución N°

424/MHGC/13, el que quedó redactado del siguiente modo: "Artículo 3°. Establécese

que las solicitudes de excepción a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente

Resolución quedarán sujetas al trámite especial que establezca la Dirección General

de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda", dictando el suscripto en

consecuencia la Disposición N° 372-DGCYC-13 y N° 1-DGCYC-14;

Que en ese sentido la Dirección General de Seguros mediante Nota NO-2013-

04853518-DGSEGUROS pone de manifiesto la imposibilidad de realizar las

correspondientes Solicitudes de Gasto en Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que

centraliza la gestión de la partida N° 3.5.4 (Primas y Gastos de Seguros) asignadas a

distintas Unidades Ejecutoras;

Que a los fines antes dichos, la Dirección General de Compras y Contrataciones, en

uso de las facultades que le fueran otorgadas por la citada normativa, por IF-2013-

05044372-DGCYC informa que las Solicitudes de Gasto quedan sujetas a las

limitaciones previstas en el punto 2.2.1 "imputaciones a partidas con excepción" del

Anexo I de la Disposición N° 372-DGCYC-13, por lo...

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