Resolución Nº 786/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 786/2014Bs. As., 23/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.620.053/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.620.053/14 obra el acuerdo celebrado, entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector empleador, conforme lo previsto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del referido instrumento las partes modifican el Artículo 55 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 508/07, del cual resultan signatarias, con vigencia desde el 1 de mayo de 2014, conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la entidad empresaria signataria y de la organización sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPUBLICA...

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